martes, 24 de febrero de 2009

Invitación a no votar

Después de ver los spots que el IFE y los partidos políticos han producido para las elecciones de julio de este año, no queda claro cuál es su propósito. No queda claro si lo que se busca es que el televidente o radioescucha cautivo vote por ellos o más bien que no vote. Anuncios como el del Partido Verde Ecologista, en el que exhibe las ineficiencias del gobierno prometiendo que las soluciones las dará a conocer pronto o los del PT en el que una voz perezosa dice que estaríamos mejor si López Obrador hubiera ganado, lo único que van a lograr es que los ciudadanos mexicanos no votemos, además de bajar el rating de las televisoras y radiodifusoras.
Jorge Chabat. El Universal


Al terminar de leer dicha noticia, me hizo reflexionar acerca del próximo 5 de julio, puesto que será un día importante para nuestro país. Tal vez suene muy lejana esta fecha, y pensarás que no importa por quien votes si al final todos son iguales o que nadie va a lograr sacar adelante a México en tres, seis o determinado número de años, también puede ser que igual y no alcanzarás a ver el cambio, claro si es que algún día se logra; pero… ¿sabes qué es lo peor? Que puede ser que todo esto sea cierto, porque es momento que dejemos de pensar que la responsabilidad es del otro y que nosotros no podemos hacer nada al respecto porque es una idea falsa y peor aún, una idea que nos hemos creído durante muchos años.

No es secreto ni para los gobernantes ni para nosotros como ciudadanos saber que lo que hace falta es mejorar la educación y sin embargo no se ha hecho nada al respecto; los medios de comunicación nos dan información contradictoria, por una parte dicen que van a generar más fuentes de trabajo, cuando México es muy rico en recursos naturales y el campo es una de las principales fuetes de actividad económica, sin embargo es bien sabido que a la gente del campo no se le paga de acuerdo al trabajo que realiza o creer que dar información sobre sexualidad a niños de primaria ¿es educar?, por todo esto yo creo que es momento de que tomemos en nuestras manos la responsabilidad que como mexicanos tenemos y empecemos un cambio real desde nuestra persona para que este cambio repercuta en la sociedad y posteriormente en nuestro México, es hora de que dejemos de señalar lo que el otro hace o deja de hacer y tomemos conciencia de nuestros actos, sabiendo que únicamente nosotros somos responsables del crecimiento o descenso de nuestro país, ¡seamos ejemplo para nuestros gobernantes!

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lunes, 9 de febrero de 2009

Protejamos el derecho a la vida

Lic. Luz del Carmen Flores García

Los Derechos Humanos, como su nombre lo indica, son todos aquellos derechos que tiene cada hombre o mujer por el simple hecho de serlo y formar parte de la sociedad en que vive.

En este sentido, los derechos humanos no se conceden, sino que simplemente son reconocidos por las leyes de un Estado. Por ejemplo, cualquier hombre tiene derecho a que se respete su vida, y ello no como una concesión que pueda dar o quitar el Estado, sino como un principio fundamental que los órdenes político y jurídico deben garantizar. Y así sucesivamente con cada uno de los demás derechos humanos.

El artículo 3° de la Declaración Universal de los Derechos Humanos nos dice:
"Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona".

El derecho a la vida es el que tiene cualquier ser humano por el simple hecho de existir y estar vivo, siendo éste el derecho más fundamental que existe, pues es la condición indispensable para que puedan darse los demás derechos.

Sin embargo, ¿qué sucede cuándo el Estado legisla en contra de un derecho humano fundamental como lo es el derecho a la vida?

A casi dos años de haber entrado en vigor la despenalización del aborto en la capital de la Ciudad de México, antes de las 12 semanas de gestación, no se tienen cifras exactas del número de abortos que se practican en los hospitales a cargo del Gobierno del Distrito Federal, y a decir de la Secretaría de Salud de esta Ciudad, solamente se ha reportado el deceso de una jovencita.

En unos días se cumple un año de la muerte de Vianey la joven de 15 años que falleció por la negligencia médica, la decadencia de las instalaciones y por lo que sus defensores llaman aborto “seguro”.

Lamentablemente ésta no ha sido la única muerte, hay que tomar en cuenta la de los miles de no nacidos a lo largo de este tiempo, víctimas que son incapaces de defenderse y de expresarse, a los cuales no se les respeta su derecho fundamental.

El aborto es una forma de violencia a la mujer, así como la indiferencia de la sociedad ante esta problemática. ¿Cómo podemos exigir el cumplimiento de todos los derechos, si no exigimos que se respete el derecho fundamental?

Por eso el papel de los jóvenes es trascendental en esta situación, somos nosotros quienes podemos ser la voz de aquellos que no la tienen, somos nosotros quienes podemos exigir a nuestro gobierno, somos nosotros quienes debemos hacer vivir día a día los valores de lo que es la Familia.

Ante tal situación, la responsabilidad es de nosotros, si queremos que se respeten todos los derechos debemos hacer respetar el fundamental: El derecho a la vida.

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miércoles, 7 de enero de 2009

Año nuevo, ¿vida nueva?

Con el nacimiento de un nuevo año se presenta una gran oportunidad: comenzar con mucho entusiasmo, alegría y realismo. Difícilmente alguien ha iniciado el mes de enero sin una lista de propósitos por cumplir. Sin embargo, es fundamental revisar si son los más adecuados. ¿Cuántas de estas intenciones se enfocan en la verdadera superación personal?

El mejoramiento personal no es sinónimo de pensar, como erróneamente lo plantean muchos autores contemporáneos, que somos “lo máximo” y que nada debe hacernos sentir mal. La verdadera superación se basa en la humildad, es decir, en aceptar la verdad sobre nosotros mismos. De esta manera descubrimos nuestras virtudes –que debemos conservar– y nuestros defectos –que debemos luchar por erradicar–.

Una falla común que permite una amplia reflexión es la deshonestidad. Un ejemplo se da en la escuela. Es frecuente encontrar a alumnos que “destacan” por su habilidad para copiar en los exámenes. Es decepcionante como muchos de ellos son plenamente conscientes de la inmoralidad de esta acción y aún así lo hacen. Incluso hay quienes felicitan al que obtuvo una buena calificación de forma deshonesta.

La falta de interés en la educación de uno mismo es otro error que llama la atención en la actualidad. Muchos prefieren pasar varias horas del día bajo la influencia de los medios masivos de comunicación –algunos de los cuales promueven en gran medida el hedonismo y el consumismo– que disfrutar de un buen libro. Tristemente, la falta de lectura y de reflexión ha provocado que en México, incluso a nivel universitario[1], haya un gran porcentaje de analfabetas funcionales[2].

Se podrían seguir enumerando áreas de oportunidad comunes a muchos mexicanos. Sin embargo, es tarea de cada uno hacer un análisis sobre su situación y determinar cuál es su defecto dominante en las principales áreas de su vida (intelectual, afectiva, social, espiritual, etc.). De esta manera, cuando todos tomemos consciencia de nuestras vidas y de lo que podemos hacer para mejorarlas, haremos una verdadera aportación para la construcción de una mejor sociedad.
Sergio Marín Kaldman



[1] http://www.eluniversal.com.mx/notas/564393.html
[2] http://www.itesm.mx/va/deptos/ci/articulos/elredise.htm : “el grueso de su lectura [de los analfabetas funcionales] se compone de los letreros y anuncios publicitarios en las calles y de alguna que otra historieta del diario dominical, la sección deportiva en los periódicos y los panfletos que hay en los puestos de revistas. Es lectura obligada o de esparcimiento, no disciplinada, sin el propósito de ampliar el horizonte de conocimientos de forma deliberada. Un analfabeta de segundo grado aún en menor medida ha desarrollado la habilidad de expresarse por escrito, de perseguir la profundización y ordenamiento de su pensar a través de la disciplina de la escritura”.

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martes, 6 de enero de 2009

Derecho Penal del Enemigo, ¿una solución viable contra la delincuencia organizada?

“El que pretende ser tratado como persona debe dar a cambio una cierta garantía cognitiva que se va a comportar como persona. Si no existe esa garantía o incluso es negada expresamente, el Derecho penal pasa de ser una reacción de la sociedad ante el hecho de uno de sus miembros a ser una reacción contra un enemigo. Esto no ha de implicar que todo esté permitido, incluyendo una acción desmedida; antes bien, es posible que al enemigo se le reconozca una personalidad potencial, de tal modo que en la lucha contra él no se puede sobrepasar la medida de lo necesario. Sin duda, esto permite todavía mucho más que en la legítima defensa, en la cual la defensa necesaria sólo puede ser reacción frente a una agresión actual, mientras que en el Derecho Penal de Enemigos (…) se trata de la defensa también frente a las agresiones futuras”.

Günther Jakobs en La Ciencia del Derecho Penal ante las exigencias del presente.

México ha sufrido una escalada de violencia sin parangón en la historia contemporánea. Tal parece que estamos en un estado de guerra, ya ni son noticia las imágenes de personas decapitadas, las narcomantas, muertes de policías municipales, estatales y federales, descubrimientos de fosas comunes, corrupción de funcionarios públicos federales, estatales y municipales en los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, etc.

Ante este panorama sombrío, oscuro y desalentador donde el Estado se vislumbra enfermo, débil, anquilosado e incapaz de combatir la fuerza omnímoda (como un Leviatán) de la delincuencia organizada, surge la pregunta de si es buena idea la aplicación de un Derecho Penal del Enemigo en México.

Para los personas ajenas al mundo de los abogados, esto de “Derecho Penal del Enemigo” les puede sonar algo extraño, como sacado de alguna serie de ciencia ficción.

La doctrina del Derecho Penal del Enemigo, grosso modo, señala que no se le deben de aplicar las mismas leyes a las personas o grupos de individuos que además de tener un gran poder, presentan un comportamiento antisocial constante y reiterado capaz de atentar contra los cimientos de la sociedad, por lo cual, se justifica la aplicación de un régimen especial para combatirlos. Es algo así como una legítima defensa social ante los grupos criminales, donde ante las agresiones de los delincuentes se utilizan herramientas ex professo para combatirlos.

Es decir, existe una dualidad de leyes, unas que se aplican para los ciudadanos y otros para los enemigos –delincuencia organizada-. Según Günther Jakobs para determinar si hay un derecho de excepción o un régimen de Derecho Penal del Enemigo es preciso satisfacer tres requisitos que son: a) adelantamiento de la punibilidad: es decir, no se requiere la lesión o puesta en peligro de un bien jurídico, sino que inclusive se llegan a sancionar los medios preparatorios, b) penas desproporcionadamente altas, y c) las garantías procesales son reducidas[1].

Pues bien, con la reforma constitucional en materia penal de 2008, donde se implementaron los juicios orales, también se adicionaron varias reglas especiales para la delincuencia organizada, satisfaciendo los tres requisitos antes señalados, entre las que se encuentran: la constitucionalización del arraigo –declarado previamente como inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación-, la figura de la extinción de dominio, centros especializados de “reinserción social”, restricción de comunicaciones con terceros, reserva de datos en la acusación, etc.

Además ya es definida la delincuencia organizada en la misma Constitución como la: “organización de hecho de tres o más personas, para cometer delitos en forma permanente o reiterada, en los términos de la ley de la materia”. Como podemos apreciar, la definición de delincuencia organizada no requiere que las personas lesionen o pongan en peligro un bien jurídico, sino que únicamente se necesita que tengan la intencionalidad delictiva (“para cometer delitos”).

Por lo tanto, se puede afirmar sin temor al error, que México con la reforma constitucional en materia penal ya es un país donde se encuentra vigente el Derecho Penal del Enemigo, tal como lo señala el Dictamen de la Cámara de Senadores respecto de la reforma penal: “Un fenómeno que por sus características especiales en la capacidad de operación de la organización, la sofisticación de sus actividades, el impacto social de los delitos que comete y, en general, su condición de amenaza en contra del Estado, requiere de un tratamiento especializado”.

Ahora surge el quid del asunto, ¿es una solución viable la implementación de un derecho penal del enemigo en México?

Primero que nada hay que mencionar que cualquier respuesta que se le dé a esta pregunta va a resultar controversial por la importancia del asunto.

A pesar de que la doctrina garantista encarnada por Luigi Ferrajoli se inclina por la abolición de este sistema[2], considero que por las circunstancias particulares que atraviesa México se requiere un derecho penal de emergencia o del enemigo. Debido al status actual en el que vivimos es necesaria la implementación de éste ya que la delincuencia organizada está desafiando de manera real al Estado y a la sociedad, contraviniendo los valores que sustentan la democracia y el mismo Estado.

El alto índice delictivo que vive la sociedad hace necesaria la aplicación de estas medidas. Es preciso señalarlo, actualmente el Estado vive una verdadera guerra contra la delincuencia organizada y es necesario dotarlo de las herramientas necesarias para combatirlo de manera frontal. Sin embargo, no por la implementación de estas medidas terminará el crimen organizado de operar, sino que únicamente se le dota al Estado de herramientas para afrontarlo por lo que si no hay una verdadera voluntad de combatirlo –si hay corrupción, “narcocampañas”, infiltración del crimen organizado en el Estado - no se podrá nunca vencerlo.

Sin embargo, quiero matizar mi postura. Considero que el sistema penal del enemigo no debe arraigarse per saecula saeculorum, sino que una vez que el Estado poco a poco vaya venciendo al poder de facto que tiene la delincuencia organizada debe desterrarse de nuestro sistema jurídico. Este sistema debe ser transitorio hasta que podamos vivir con seguridad, por lo que una vez que se venza la causa que le dio origen debe desaparecer, tal como lo señala el art. 29 Constitucional, mismo que puede aplicarse por analogía en este caso.

Además las Comisiones de Derechos Humanos, tanto nacional y de las distintas entidades federativas, así como las Organizaciones No Gubernamenales, los medios de comunicación, y la sociedad en su conjunto deben de estar alertas de que los funcionarios públicos que apliquen estas medidas (policías, jueces, etc) respeten en todo momento la ley de manera que su poder no sea ilimitado ni arbitrario.

Con estos candados considero que se puede combatir eficazmente a la delincuencia organizada sin temor a que se cometan injusticias en los casos concretos. De esta manera, poco a poco, con la voluntad coordinada de todos los agentes públicos y privados, podremos a largo plazo ganar esta guerra que le cuesta a México miles de vidas y una vez recobrada la seguridad y la paz social, se podrá abolir este sistema tal como lo señala nuestro artículo 29 de la Constitución.




[1] Cfr. JAKOBS Günther y CANCIO MELIÁ, Manuel, Derecho penal del enemigo, Civitas, Madrid, 2003, pp. 57-102.
[2] “La razón jurídica del estado de derecho, en efecto, no conoce enemigos y amigos, sino sólo culpables e inocentes. No admite excepción a las reglas más que como hecho extra o antijurídico, dado que las reglas –si se les toma en serio como reglas y no como simples técnicas- no pueden ser doblegadas cada vez que conviene. Y en la jurisdicción el fin nunca justifica los medios, dado que los medios, es decir, las reglas y las formas, son las garantías de verdad y de libertad y como tales tienen valor para los momentos difíciles más que para los fáciles; en cambio, el fin no es ya el éxito a toda costa sobre el enemigo, sino la verdad procesal obtenido sólo por u medio y prejuzgado por su abandono”, FERRAJOLI, Luigi, Derecho y razón, Trotta, Madrid, 2006, p.830.

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